La Justicia Federal confirmó el rechazo de la Lista 2 en la interna del PJ jujeño

El juez federal Esteban Hansen ratificó la resolución que dejó afuera de la contienda interna a la Lista Celeste y Blanca Nº 2.

El fallo sostiene que las modificaciones realizadas por el sector excedieron el alcance de la subsanación permitida y terminaron configurando una nueva nómina de candidatos.

La interna del Partido Justicialista de Jujuy sumó este lunes un nuevo capítulo judicial. El Juzgado Federal de Jujuy Nº 1, a cargo del juez Esteban Eduardo Hansen, confirmó la resolución del pasado 21 de agosto que había rechazado la presentación de la Lista Celeste y Blanca Nº 2, que había impugnado una decisión de la Junta Electoral Partidaria.

La resolución fue dictada en el expediente CNE 9702/2026, iniciado por la Lista 2 contra la Resolución Nº 22 de la Junta Electoral del PJ. El pronunciamiento judicial se produjo luego de que la Cámara Nacional Electoral ordenara realizar una verificación concreta e individualizada de los requisitos formales y sustanciales de las nóminas presentadas por ese sector.

El punto clave: subsanar no era presentar una nueva lista

Uno de los aspectos centrales del fallo es la interpretación que hizo el juez sobre las 12 horas otorgadas oportunamente a la Lista 2 para corregir las observaciones formuladas.

Hansen explicó que ese plazo excepcional había sido concedido para permitir la subsanación de errores y omisiones, teniendo en cuenta que todavía estaba vigente el período de tachas y sustituciones y que aún no se había producido la oficialización definitiva de las listas.

Sin embargo, el magistrado remarcó que esa posibilidad no implicaba abrir un nuevo período para presentar candidatos ni permitía modificar libremente la composición de la nómina.

“La subsanación presupone necesariamente la existencia de una presentación anterior”, señala la resolución, y diferencia entre corregir una presentación ya realizada y efectuar una nueva conformación de candidatos.

El expediente detectó numerosas irregularidades

El fallo realiza un extenso análisis de las presentaciones efectuadas por la Lista Celeste y Blanca Nº 2 en distintas categorías y departamentos.

Entre las observaciones aparecen diferencias entre las nóminas físicas y digitales, errores en números de DNI, falta de documentación, ausencia de aceptaciones de cargo, candidatos sin afiliación vigente, cargos vacantes, postulaciones duplicadas y nóminas que directamente no fueron presentadas en soporte físico.

En el caso del Congreso Nacional, por ejemplo, el tribunal señaló que la presentación original omitía el nombre y número de la lista, registraba un candidato sin afiliación vigente, contenía errores en números de DNI y carecía de documentación correspondiente a uno de los suplentes.

También se detectaron múltiples inconvenientes en el Congreso Provincial y en los consejos departamentales, incluyendo candidaturas duplicadas, falta de soportes físicos y postulantes que no cumplían determinados requisitos de afiliación.

La Justicia consideró que hubo una nueva conformación

El argumento decisivo del juez fue que las modificaciones realizadas posteriormente por la Lista 2 no se limitaron a corregir los errores advertidos, sino que por su magnitud implicaron una modificación sustancial de las nóminas.

La resolución sostiene expresamente que las modificaciones realizadas “constituyeron una nueva conformación de la nómina y no verdaderas subsanaciones de la presentación original”, debido a su entidad, naturaleza y alcance.

En ese sentido, el tribunal aclaró que la intervención judicial no tenía como objetivo reemplazar a la Junta Electoral Partidaria, sino ejercer un control de legalidad sobre sus decisiones.

Confirmación y archivo del expediente

Finalmente, el juez Esteban Eduardo Hansen resolvió cumplir con la resolución de la Cámara Nacional Electoral y confirmar su propia resolución del 21 de agosto de 2026, que había dejado firme el rechazo cuestionado por la Lista Celeste y Blanca Nº 2.

La resolución ordena además notificar a las partes y, oportunamente, archivar las actuaciones.

De esta manera, la Justicia Federal ratificó el criterio que impide a la Lista 2 avanzar con una nómina modificada bajo el argumento de una simple subsanación, dejando planteado un escenario de fuerte impacto sobre el proceso interno del justicialismo jujeño.

Resolución del Juzgado Electoral Nacional

Scroll al inicio