6 / enero / 2023 Economia
La medida, aprobada por el Gobierno nacional, se formalizó por medio de la Resolución 3/2022, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
El Gobierno nacional, mediante el Ministerio de Seguridad, oficializó el aumento en la tasa de seguridad de la aviación, que se hará efectivo desde el lunes próximo e impactará en los precios de los pasajes de cabotaje e internacionales.
La medida se formalizó por medio de la Resolución 3/2022, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La tasa deberá ser abonada por los pasajeros que “embarquen en vuelos internacionales, regionales y/o de cabotaje, de aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos, a bordo de una aeronave comercial o no comercial, ya sea en vuelo regular, no regular o privado”, según el texto oficial.
Así, desde el lunes 9 de enero esa tasa -aprobada en el Presupuesto Nacional de este año- “resultará de aplicación para los pasajes emitidos” desde esa fecha, según lo dispuesto.
Cómo quedan los valores, según la categoría del vuelo
• Vuelos internacionales y regionales: US$1,40 por cada pasajero.
• Vuelos de cabotaje: $260 por cada pasajero.
Quedan exentos de pagarla
• Niños: menores de 3 años en el caso de los vuelos de cabotaje y menores de 2 años para vuelos internacionales o vuelos regionales.
• Diplomáticos.
• Pasajeros en tránsito: aquel pasajero que arriba al aeropuerto, hace escala y continúa el viaje en el mismo vuelo. Este concepto no incluye al “pasajero en transferencia” que es aquel que habiendo arribado al aeropuerto continúa su viaje en un vuelo distinto.
• Pasajeros que embarquen en aeronaves de matrículas públicas, nacionales o provinciales como las militares, sanitarias, policiales, aduaneras, en cumplimiento de su misión específica o en aeronaves sanitarias.
La tasa de seguridad de la aviación se creó a través de la Ley 27.701 y corresponde al servicio público de seguridad de la aviación civil contra actos de “interferencia ilícita”, que presta la Policía de Seguridad Aeroportuaria en los aeropuertos y aeródromos que integran el Sistema Nacional de Aeropuertos.
Esa Ley determina que la tasa no podrá superar el equivalente a 0,25% del sueldo básico del grado jerárquico de Oficial Principal del Escalafón General del personal policial.
Además, por decreto, las tasas aeronáuticas de los cuadros tarifarios correspondientes a los vuelos internacionales incluyendo países limítrofes, son en dólares estadounidenses.
Para el caso de abonarse en pesos, el cálculo del importe a ingresar por los pasajeros o por los Agentes de Percepción según corresponda, será calculada según la cotización del dólar al tipo de cambio vendedor según lo publicado por el Banco Nación al cierre del día del embarque.
(Cadena3)
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