El Juzgado Contravencional de San Pedro de Jujuy recordó que, una vez finalizados los eventos y períodos especiales contemplados por la normativa, se mantiene vigente la prohibición del ingreso de menores de 18 años a los eventos nocturnos habituales que se desarrollan en la provincia de Jujuy.

El juez contravencional de San Pedro de Jujuy, doctor Fernando González, explicó el alcance de la normativa vigente y remarcó las responsabilidades que pueden alcanzar tanto a los padres o responsables de los menores como a los propietarios, empresarios o encargados de los establecimientos y eventos nocturnos.
La normativa sobre el ingreso de menores
González explicó que la Ley Nº 5.595 establece un régimen específico para los eventos nocturnos, matinés y otras actividades de entretenimiento que se desarrollan en la provincia de Jujuy.
Dentro de esa normativa existen disposiciones particulares vinculadas con determinados acontecimientos, entre ellos la Fiesta Nacional de los Estudiantes, que contemplan flexibilizaciones respecto del ingreso de adolescentes menores de 18 años.
En ese marco, pueden establecerse condiciones especiales para el ingreso de jóvenes de determinadas edades, siempre dentro de los eventos vinculados con la Fiesta Nacional de los Estudiantes y cuando estos hayan obtenido previamente las autorizaciones correspondientes y cumplidas con los requisitos establecidos por los organismos competentes.
El juez aclaró que estas disposiciones tienen carácter excepcional y se aplican durante las fechas y períodos específicamente contemplados para este tipo de celebraciones.
Una vez finalizados esos eventos y períodos especiales, continúa vigente el régimen general establecido para los eventos nocturnos.
Mayor control en boliches y pubs
En ese sentido, los controles sobre la presencia de menores de 18 años en boliches, pubs y otros establecimientos nocturnos de San Pedro de Jujuy serán rigurosos, de acuerdo con las disposiciones del régimen contravencional vigente.
González remarcó que las excepciones previstas para determinadas celebraciones no modifican las reglas generales que se aplican durante el resto del año.
La normativa también contempla disposiciones particulares para la Cena Blanca, dentro del período y bajo las condiciones específicas establecidas para ese acontecimiento.
Fuera de esos eventos y de las fechas expresamente contempladas, el régimen general vuelve a aplicarse y no está permitido el ingreso de menores de 18 años a los eventos nocturnos alcanzados por la normativa.
Responsabilidad de padres y responsables
El juez contravencional de San Pedro de Jujuy también hizo hincapié en la responsabilidad que corresponde a los padres y responsables de los menores.
Explicó que los padres tienen obligaciones vinculadas con la guarda, custodia, cuidado y educación de sus hijos y que, ante determinadas infracciones cometidas por menores, el régimen contravencional puede establecer responsabilidades para los progenitores.
En los procedimientos realizados anteriormente, varios padres fueron notificados de infracciones labradas en relación con sus hijos, aun cuando no hayan sido quienes participaron directamente del hecho.
González señaló que esta situación se relaciona con la responsabilidad indirecta que establece el régimen contravencional en determinadas circunstancias.
Por este motivo, el magistrado remarcó la importancia de que los padres conozcan las condiciones establecidas por la normativa antes de autorizar o permitir que los menores concurran a determinados eventos nocturnos.
También alcanza a propietarios y responsables de los eventos
La normativa no establece obligaciones únicamente para las familias. De acuerdo con lo explicado por González, también pueden existir responsabilidades para los propietarios, empresarios y encargados de los establecimientos o eventos nocturnos.
Por ello, los responsables de boliches, pubs y otros espacios donde se desarrollan actividades nocturnas deben conocer y cumplir las disposiciones relacionadas con el ingreso y permanencia de menores de edad.
El cumplimiento de los requisitos establecidos por la legislación forma parte de las condiciones necesarias para que este tipo de eventos pueda desarrollarse dentro del marco legal correspondiente.
Secuestro de motovehículos y trámites de regularización
Durante la entrevista, el juez contravencional de San Pedro de Jujuy también se refirió a los procedimientos realizados en distintos controles de tránsito, en los que fueron secuestrados motovehículos que presentaban irregularidades en su documentación.
González explicó que en estos procedimientos es necesario diferenciar la figura del propietario registral del vehículo de la persona que lo conduce y que puede ser identificada como infractora.
En algunos casos, durante los controles se detecta una infracción y posteriormente se verifica la documentación del motovehículo, constatándose que quien lo conducía no figura como propietario del vehículo.
El juez remarcó la importancia de que las operaciones de compra y transferencia de motovehículos se realicen correctamente y que la situación registral quede debidamente regularizada.
Según explicó, no alcanza simplemente con adquirir un vehículo y recibir las llaves, sino que debe completarse el procedimiento registral correspondiente.
Motovehículos que no fueron reclamados
Como consecuencia de los controles realizados en San Pedro de Jujuy, fueron labradas actas de infracción y se concretó el secuestro de distintos motovehículos.
Algunos de esos procedimientos continúan en trámite mientras sus propietarios o responsables avanzan con la regularización de la situación documental y registral.
Sin embargo, González indicó que en otros casos las personas involucradas manifestaron que no pueden regularizar la situación registral de los vehículos y terminaron expresando el abandono o la renuncia respecto de los mismos.
Esta situación genera que determinados motovehículos permanezcan secuestrados sin que sus propietarios completen los trámites necesarios para recuperarlos.
El juez señaló que los procedimientos se encuentran dentro del trámite correspondiente y que se continúa trabajando en cada una de las actuaciones contravencionales iniciadas a partir de los controles realizados.
De esta manera, mientras se intensifican los controles relacionados con el ingreso de menores de 18 años a boliches y pubs de San Pedro de Jujuy, el Juzgado Contravencional también continúa con los procedimientos derivados de los controles de motovehículos y las irregularidades detectadas en materia de documentación y titularidad.
