La condenaron a cuatro años de prisión por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización

Karen Valesca Barrios González, de nacionalidad chilena, fue condenada a la pena de cuatro años de prisión por resultar autora penalmente responsable del delito de “Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”.

Fue condenada por vender drogas

La sentencia fue dictaminada hoy 9 de octubre de 2026, por el Juez en función de juicio Dr. Máximo Alejandro Gloss, con secretaría a cargo del Dr. Ricardo Almaraz.

El magistrado además ordenó el decomiso y destrucción por la autoridad correspondiente de las sustancias ilícitas secuestradas y de todos los elementos susceptibles de ser utilizados para la comisión del delito. También dispuso el decomiso del dinero hallado en el allanamiento.

Asimismo, el Juez estableció comunicar por la Oficina de Gestión Judicial lo resuelto a la Dirección Nacional de Migraciones, Delegación Jujuy y al Juzgado Federal Nº1 de Jujuy.

Las partes

Como fiscal se desempeñó la representante del Ministerio Público de la Acusación, Dra. Angelica Solís. La defensa de la condenada fue ejercida por el Dr. Nilo Fernández Montini, del Ministerio Público de la Defensa.

La sentencia en su totalidad y sus fundamentos serán registrados, dentro del plazo legal y conforme a la modalidad prevista en el Código Procesal Penal, en el Sistema de Gestión del Poder Judicial.

Los hechos

Según la requisitoria fiscal el hecho por el que llegó a juicio Karen Valezca Barrios González tuvo lugar el 20 de marzo del 2026 a horas 17.09 aproximadamente, en un inmueble sito en San Salvador de Jujuy.

En esa fecha y lugar, personal policial perteneciente a la Agencia Provincial de Delitos Complejos de la Policía de la Provincia, dando cumplimiento a una orden judicial de allanamiento, registro y secuestro judicial, halló en poder de Barrios González sustancias estupefacientes como así también elementos empleados para su comercialización y distribución.

En detalle, fue hallado dinero en efectivo, una tarjeta de débito a nombre de otra persona, sustancias positivas para clorhidrato de cocaína y/o pasta base, tijeras, envoltorios y recortes de papel, un rallador, un envoltorio de polietileno de color verde con sustancia positiva para clorhidrato de cocaína y/o pasta base, teléfonos celulares y una balanza de precisión.

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