10 / febrero / 2021 Politica
Estos cambios podrían beneficiar a Amado Boudou, Julio de Vido o Ricardo Jaime.
Cambio en el Código Penal
El oficialismo publicó este miércoles en el Boletín Oficial la Resolución 1/2021 por la cual la Comisión Bicameral Parlamentaria que monitorea la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal Federal pone en vigencia los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375, que permitirían revisar condenas, aun cuando hayan sido confirmadas por la Corte Suprema, y esperar una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) antes de cumplirlas.
El Frente de Todos en el Congreso de la Nación puso en vigencia desde este miércoles 10/2 con su publicación en el Boletín Oficial las modificaciones en 6 artículos que retrasan el cumplimiento efectivo de las penas de prisión se pasaron para este miércoles. El articulado podría beneficiar a Amado Boudou, Julio De Vido o Ricardo Jaime, autopercibidos como ‘presos políticos’.
El martes 9/2, la Comisión Bicameral Parlamentaria que monitorea la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal Federal activó los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375, que permitirían revisar condenas, aun cuando hayan sido confirmadas por la Corte Suprema, y esperar una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) antes de cumplirlas la condena.
La resolución que implementa esos artículos se publicó este miércoles 10/2 en el Boletín y lleva la firma de los legisladores kirchneristas y aliados del kirchnerismo Anabel Fernández Sagasti, Mariano Recalde, Ramiro Gutiérrez, Roberto Mirabella, María Inés Pilatti Vergara, María de los Angeles Sacnun, Martín Soria y Marisa Lourdes Uceda.
Según la Resolución 1/2021 ordena en su primer artículo “implementar los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375 del Código Procesal Penal Federal para todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional y en todos los tribunales de la Justicia Nacional Penal mientras resulte de aplicación por parte de estos tribunales el Código Procesal Penal Federal, disponiendo su implementación a partir del tercer día hábil posterior a la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial”.
“Esta Comisión Bicameral se resolvió implementar el artículo 366 inciso f) que habilita la revisión de una sentencia firme en favor del condenado toda vez que se dicte en el caso concreto una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o una decisión de un órgano de aplicación de un tratado en una comunicación individual”, indica la resolución.
(Urgente24)
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