14 / noviembre / 2022 Salud
Los productos para aumentar la masa muscular a base de creatina, prohibidos por ANMAT, no contaban con registros sanitarios y estaban falsamente rotulado.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes una marca de suplementos deportivos a base de creatina destinados a aumentar la masa muscular. Los productos no contaban con registros sanitarios y estaban falsamente rotulado.
Se trata de una serie de productos de la marca NP que quedaron prohibidos para su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta.
Los suplementos exhibían en sus rótulos números de RNE y RNPA inexistentes por lo que no se pudo determinar su origen fehaciente. En tanto, se consideraron “productos ilegales”.
Según la disposición 9158/2022, publicada en el ‘Boletín Oficial’, la investigación comenzó a partir de la consulta de un consumidor, por lo que la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios – DIPA del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires realizó las diligencias correspondientes y verificó que los registros no existían.
Los productos
Según la disposición, estos son los productos prohibidos:
“100% Creatina Monohidrato – Suplemento dietario a base de creatina monohidrato en polvo – Marca NP – New Protein – Cont. Neto: 300g – RNPA 2021-12978432, RNE 02-037340”;
“Creatina Monohidrato Saborizada – Suplemento dietario dietético a base de creatina monohidrato sabor fruit punch en polvo – RNPA EX-2021-12978437-GDEBADIYPAMDAGP, elaborado por RNE 02-037340”.
“100% Creatina Monohidrato Micronizada – Suplemento dietario a base de creatina monohidrato micronizada en polvo – Marca NP – New Protein – Cont. Neto: 300g – RNPA 2021-12978432, RNE 02-037340 en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento”.
“En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”, concluyó la disposición.
(Urgente24)
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