La diputada provincial Verónica Valente (PJ) presentó en la Legislatura de Jujuy un proyecto de ley para la prevención y sanción del acoso sexual callejero.

Esto se trata de una problemática que afecta de manera cotidiana la dignidad, la integridad y la libertad de las mujeres y diversidades en los espacios públicos y privados de acceso público en la provincia de Jujuy.
La iniciativa se enmarca en los avances establecidos por la Ley Nacional 27.501, que modificó la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, incorporando el acoso callejero como una modalidad específica de violencia en el espacio público.
El proyecto de Valente busca que la provincia adecúe su normativa y cuente con herramientas claras para intervenir frente a estas conductas.
El texto de la diputada propone modificar el Código Contravencional de Jujuy (Ley 5.860) mediante la creación del Artículo 55° bis, que establece sanciones para quienes acosen sexualmente a otra persona mediante gestos, expresiones, palabras, contacto físico indebido o arrinconamiento no consentido, siempre que el hecho no constituya delito. Las sanciones previstas incluyen multas, 30 días de trabajo comunitario o 12 días de arresto, y se duplicarán cuando la víctima sea menor de 16 años.
Valente explicó que “el acoso callejero no es un hecho menor ni aislado: es una forma de violencia que afecta derechos fundamentales y que hoy no cuenta con un marco sancionatorio adecuado en la provincia por eso es urgente avanzar en su tratamiento legislativo para garantizar que las mujeres puedan circular libres y seguras”.
Los datos respaldan la necesidad de legislar. En Argentina, 9 de cada 10 mujeres atravesaron situaciones de acoso callejero y el 100% adopta estrategias para sentirse más seguras al salir de su casa. En Jujuy, una encuesta callejera y virtual reveló que el 86% de las mujeres sufrió acoso en algún momento de su vida. El relevamiento también mostró que el 81% de los casos ocurrió durante la niñez o la adolescencia, lo que evidencia la gravedad y la temprana exposición a estas violencias.
Además de las sanciones, el proyecto incorpora un enfoque preventivo y educativo. El Artículo 2 establece la obligatoriedad de capacitar a funcionarios de los tres poderes del Estado sobre acoso sexual callejero y el contenido de la ley. El Artículo 3 dispone que el Consejo Provincial de la Mujer y el Ministerio de Educación implementen campañas de concientización en escuelas públicas y privadas de todos los niveles. Finalmente, el Artículo 4 determina que el 50% de lo recaudado por multas se destine al fortalecimiento de políticas públicas de prevención.
Valente subrayó que “la erradicación del acoso callejero requiere también un cambio cultural profundo. Por eso este proyecto combina sanción, educación y concientización. No podemos seguir naturalizando estas violencias que condicionan la vida cotidiana de miles de mujeres”.
Por último Valente llamó a avanzar en el debate legislativo: “Este proyecto es una herramienta concreta para proteger derechos. Es tiempo de que Jujuy cuente con una normativa que reconozca, prevenga y sancione el acoso callejero”.
